Despachos de Cobranza

Aquellas personas que han tenido o tienen deudas con instituciones financieras o comerciales y han superado sin éxito la etapa de la cobranza en tiempo y forma, acuden a empresas que se encargan de que los clientes se pongan al corriente con sus pagos, a través de los despachos de cobranza.

¿Qué son los Despachos de Cobranza?

Estos bufete de cobranza son empresas que actúan como intermediarios de bancos, tiendas departamentales y otras entidades comerciales para recuperar extrajudicialmente el pago de deudas atrasadas a través de la negociación o reestructura de créditos, préstamos o financiamientos.



¿Estoy obligado a negociar con el despacho?

No, y además en caso de hacerlo tienes que tener cuidado ya que estas agencias de cobranza actúan como intermediario entre tú y la entidad financiera, con el propósito de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como negociar y reestructurar.

Por lo tanto, la formalización del convenio deberá realizarse con la entidad financiera que otorgó el crédito y no con el Despacho de Cobranza.

Obligaciones de los Despachos de Cobranza

Para evitar caer en manos de estafadores o tener problemas por malas prácticas como los horarios de cobranza (tienes acceso al REDECO ante estas situaciones), los despachos de cobranzas deben cumplir con ciertas condiciones para realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración de deudas como:

  • Documentar por escrito con el deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos, indicando los términos y condiciones que permitan identificar la oferta, descuento, condonación o quita, si el acuerdo incluye cualquiera de estos conceptos.
  • Señalar el importe a pagar, desglosando el monto principal, intereses ordinarios, moratorios y en su caso cualquier otro costo que sea exigible de acuerdo al contrato incluyendo los cálculos respectivos.
  • Especificar si con ello se obtendrá el finiquito o liquidación del adeudo, o solo se cubrirá un pago parcial.
  • Señalar claramente en el documento, el número de cuenta de la entidad financiera en el que se realizará el pago, con referencia al número de crédito de que se trate.

Además, desde el primer contacto que se establezca ya sea por escrito o verbalmente, debe indicar al deudor:

  • Nombre, denominación o razón social del Despacho de Cobranza y de la persona encargada de realizar dicha actividad.
  • Domicilio, número telefónico y nombre de las personas responsables de la cobranza.
  • Entidad financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate.
  • Contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de cobranza.
  • Monto del adeudo y fecha de cálculo.
  • Condiciones para liquidar el adeudo.
  • Domicilio, correo electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la entidad financiera, que recibirá las quejas por malas prácticas de cobranza.
  • Que el o los pagos solo podrán ser realizados a la entidad financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento.

¿Los despachos de cobranza están facultados para embargarme?

No, sólo un despacho de cobranza puede embargar cuando lo ordena un juez, dentro de un procedimiento del cual debes ser notificado legalmente.




¿Los despachos de cobranza pueden ejercer acción penal en mi contra?

Definitivamente un despacho jurídico de cobranza no tiene esa facultad, por lo tanto, no puedes ser encarcelado por una deuda de carácter civil con una institución crediticia como bancos y SOFOMES.

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