A la hora de contratar productos de ahorro en el sistema financiero mexicano es importante conocer si nuestro dinero está seguro en caso de que exista algún problema con la institución tenga problemas de solvencia, y para ello existe un organismo que vela por esto, el Instituto para la Protección del Ahorro Bancario (IPAB).
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¿Qué es el Instituto para la Protección del Ahorro Bancario (IPAB)?
El IPAB es una institución del Gobierno Federal encargada de administrar el Seguro de Depósitos Bancarios en beneficio y protección de los ahorradores.
El Instituto para la Protección del Ahorro Bancario (IPAB) tiene como misión garantizar los depósitos bancarios, en especial, de los pequeños y medianos ahorradores, y resolver al menor costo posible bancos con problemas financieros.
¿Cómo funciona el IPAB?
En caso que alguno de los bancos protegidos por el IPAB tenga problemas financieros y se ejecute ese seguro del IPAB, el ahorrador tendrá garantizado hasta por 400 mil UDIs los depósitos bancarios de las personas físicas o morales, de forma automática y gratuita, sin necesidad de que realicen trámite alguno para el reembolso de su dinero.
Para la determinación del saldo a pagar por concepto de Obligaciones Garantizadas, el IPAB deberá considerar el saldo compensado de las Obligaciones Garantizadas contra el saldo que se encuentre vencido de los derechos de crédito a favor de la propia Institución derivados de operaciones activas de conformidad con el artículo 175 de la LIC.
El monto a ser cubierto de acuerdo con lo establecido en la LPAB, quedará fijado en UDIs a partir de la fecha en que la Institución de que se trate entre en estado de liquidación, independientemente de la moneda en que las Obligaciones Garantizadas, a cargo de la Institución, estén denominadas o de las tasas de interés pactadas.
En caso de que una persona tenga más de una cuenta en una misma Institución y la suma de los saldos excediera el límite señalado en el artículo 11 de la Ley, el IPAB únicamente pagará hasta dicho límite, prorrateándolo entre las cuentas en función de su saldo.
¿Qué entidades están protegidas por el IPAB?
Actualmente los bancos asegurados por el IPAB son los siguientes:
- Azteca
- Actinver
- Afirme
- ABC Capital
- Autofin
- BanCoppel
- BBVA
- Banorte
- Banregio
- Bajío
- BIAfirme
- Barclays Bank
- Bancrea
- Base
- Bankaool
- Bansi
- Bank of América
- Bank of China
- Bineo
- BNP Paribas
- CBM Banco
- Credit Suisse
- Citi Banamex
- Compartamos
- CIBanco
- Consubanco
- Covalto
- Dondé
- Forjadores
- HSBC
- Hey Banco
- ICBC
- Inmobiliario
- Invex
- Inbursa
- Intercam
- JP Morgan
- Keb Hana
- Mifel
- Mizuho Bank
- Monex
- MUFG Bank
- Multiva
- Openbank
- Pagatodo
- Revolut
- S3
- Sabadell
- Santander
- Scotiabank Inverlat
- Shinhan
- Ve por Más
- Volkswagen Bank
¿Hasta qué monto están asegurados los fondos por el IPAB?
El monto asegurado por el IPAB garantiza hasta por 400 mil UDIs los depósitos bancarios de las personas físicas o morales, de forma automática y gratuita para los ahorradores, sin necesidad de que realicen trámite alguno para el reembolso de su dinero.
¿Qué tipo de depósitos están protegidos por el IPAB?
El seguro del IPAB protege, los depósitos a la vista, cuentas de cheques; depósitos en cuentas de ahorro; depósitos a plazo o retirables con previo aviso, certificados de depósito; depósitos retirables en días preestablecidos, y depósitos en cuenta corriente asociados a tarjetas de débito.
Vale la pena mencionar que no garantiza las inversiones en sociedades de inversión, aseguradoras, cajas de ahorro, sociedades de ahorro y préstamo popular, casas de bolsa o en los bancos de desarrollo aunque estas sean ofrecidas en sucursales bancarias.
¿Cómo cobrar el seguro del IPAB?
Si eres uno de los usuarios de alguno de los bancos asegurados por el IPAB que solicita el pago de obligaciones garantizadas deberá aportar documentación en cualquier de los canales que acuda como:
- Formato de solicitud de pago en original
- Contratos, estados de cuenta u otros documentos justificantes de las operaciones que hayan celebrado con el banco en liquidación en original y copia
- Identificación oficial vigente en original y copia
En caso de fallecimiento del titular garantizado por el IPAB deberá presentar: documentación que acredite su carácter de beneficiario y acta de defunción del titular garantizado en original y copia.
En caso de que la solicitud de pago se realice a través de un representante, se deberá presentar:
- Identificación oficial del representante y de la persona que firma la solicitud y poder simple si se reclama hasta mil veces el salario mínimo
- Poder ante notario cuando el importe exceda dicho monto o se trate de personas morales en original y copia
En caso de que el titular garantizado sea menor de edad o incapaz, la solicitud de pago deberá presentarse por quien ejerza la patria potestad o la tutela, respectivamente, acreditando tal carácter en original y copia.
Cuando el titular garantizado sea un fideicomiso se deberá presentar el contrato constitutivo del fideicomiso y sus modificaciones y acreditar el carácter de institución fiduciaria en original y copia.
Recuerde que el trámite es gratuito y podrás realizarlo de forma:
- Presencial: Es necesario acudir a las sucursales u oficina matriz del banco del que se trate.
- Vía telefónica (informes): 5209 5707 en la Ciudad de México y zona metropolitana al 01 800 288 4722 para larga distancia nacional sin costo de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
- Vía correo electrónico: aclaraciones@ipab.org.mx
Si eres uno de los clientes damnificados de estos bancos asegurados por el IPAB recibirás el pago en un plazo no mayor a noventa días naturales contados a partir de la fecha en que la Institución haya entrado en estado de liquidación, sin que sea necesaria la presentación de una solicitud de pago.
El pago se realizará mediante cheque enviado por mensajería al domicilio que la Institución en Liquidación mantenga en sus sistemas o transferencia electrónica.